Dicho proyecto establece que en cada tres lugares de las listas no puede haber más de dos personas del mismo sexo, en tanto, en las listas con sólo dos titulares, éstos no pueden ser del mismo sexo. Esta disposición se aplica a las listas de titulares y suplentes que se presenten a las elecciones del Parlamento, las Juntas Departamentales y las Juntas Locales.
Para mayor información sobre éste Proyecto visita el href="http://www.parlamento.gub.uy/externos/parlamenta/destacado_dossier.html ">sitio web de Parlamenta

Hay muchas mujeres que buscan herramientas para salir adelante en la política. El trabajar en redes nos permite asociarnos, fortalecernos.




